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miércoles, 1 de diciembre de 2010

NOTICIA PUBLICADA EN EL BOLETIN DEL MEDIADOR

El Supremo declara nulas por “abusivas” varias cláusulas habituales

El Tribuna Supremo ha prohibido a las compañías aseguradoras la aplicación de diez cláusulas que suelen incluirse habitualmente en las pólizas al considerarlas “abusivas”, así como su inclusión en futuros contratos.

Estas cláusulas han sido declaradas nulas por la Sala de lo Civil del citado tribunal tras estimar parcialmente el recurso de casación presentado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra una sentencia dictada el 29 de marzo de 2006 por la Audiencia Provincial de Madrid. Han sido rechazados los recursos presentados por las compañías Caser, Allianz, Mapfre Vida y Mapfre a Prima Fija, aunque el fallo afecta a todas las compañías de seguros que operan en España.

La anulación de cláusulas afecta a las pólizas 'Ahorro Asegurado', 'Hogar' y 'Auto' de Allianz, a la 'Seguro de Pensiones' de Mapfre Vida, a la 'Caser Auto' de Caser y a la 'Mapfre Automóviles' de Mapfre Familiar. Por su parte, las cuatro aseguradoras han alegado la improcedencia del control de las cláusulas de las condiciones generales de los contratos de seguros por la vía de la acción de cesación, ya que existe una normativa sectorial específica incluida en la Ley de Consumidores y Usuarios, que elimina la acción de cesación. Al respecto, el Supremo concluye que esta Ley no basta para declarar improcedente la acción de cesación.

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